Tres virtudes de la Ley 20.500 de Participación Ciudadana (febrero 2014):
- Propósitos sublimes.
- Horizonte de largo plazo.
- Flexible.
Tres defectos de la Ley 20.500:
- Propósitos sublimes.
- Horizonte de largo plazo.
- Flexible.
Los Consejos de la Sociedad Civil (COSOC) son órganos que deberían constituirse según la ley en todas las comunas y en todas las secretarías y servicios públicos del país, con la participación de aquellas organizaciones sin fines de lucro que se inscriban y que tengan relación con los territorios o las esencias de cada caso.
El COSOC de la SUBTRANS, con la SOCHITRAN representada, se constituyó en diciembre de 2012 y ha sesionado 26 veces. Inicialmente se inscribieron en ella 14 organizaciones; de estas, las cuatro de regiones y otras dos ya no participan. Se habla de crear Consejos Regionales…
El propósito de la Ley 20.500 es plausible: comunicación y participación. Las organizaciones informan, piden, y los gobiernos se orientan. Unos y otros dialogan, consiguen, avanzan hacia una democracia mejorada.
Los objetivos son claros e inobjetables. Se redacta una ley fácil de promulgar: enfatiza los derechos de los gobernados y las obligaciones de los gobernantes. ¿Alguien puede oponerse?
Luego vinieron los instructivos presidenciales y los consecuentes decretos y resoluciones que establecieron formas de hacer cumplir la ley: constitúyanse los Consejos, demos cuentas públicas, abrámonos a consultas ciudadanas, cabildos y otras instancias de participación… etcétera.
Esto ocurría durante el año 2011. Se había puesto en marcha esto de los COSOC. Pero ya se apreciaba la mano de quienes estaban más cerca de los problemas reales que plantea este asunto de la participación democrática en ausencia de una sólida cultura democrática.
En los objetivos estratégicos del instructivo presidencial de abril de 2011 (presidencia de Sebastián Piñera) el lenguaje era cuidadoso: esforzarse, promover, abrir espacios, atribuciones consultivas… términos flexibles útiles para abordar tanto derecho y tanta obligación.
En el Decreto Exento 1520 del MTT de agosto de 2011, que sigue a ese instructivo, se ve la misma prudencia del ejecutivo, y pocos días después, tras esa prudencia, en la Resolución Exenta N° 2.367, que norma la participación ciudadana en la SUBTRANS, se vislumbra cuidados más intensivos: cuatro de los seis mecanismos que el decreto anterior establece para promover la participación ciudadana son solo “considerandos” en la resolución de la subsecretaría, y de estos, se “resuelve” solo sobre dos, como “primeras medidas”. Además, se enfatiza: que el carácter consultivo del COSOC es “no vinculante” y sus opiniones “podrán ser tomadas en cuenta”. Realismo sin renuncia.
El nuevo instructivo presidencial de agosto de 2014 (presidencia de Michelle Bachelet), inspirado por nuevos aires y promesas más audaces, es recogido por las nuevas autoridades ministeriales, ya con experiencia anterior, y se muestra menos temerosa que aquella: el Decreto N° 1053 que norma la participación ciudadana en el MTT, unifica para sus efectos a las subsecretarías, precisa los mecanismos de participación y amplía las facultades de los consejos.
Vuelvo a la paradoja inicial.
El objetivo de la ley no puede ser más democrático ni mejor intencionado. La ley es fácil de redactar, sin tecnicismos, unánime. Se proyecta hacia un futuro lejano, el de los más puros ideales, definiendo mecanismos para hacer terrenales sus visiones. Poco a poco, a medida de que inteligencias individuales y colectivas vayan poniendo a punto esta maquinaria de comunicación, será menos difícil gobernar y más fácil satisfacer al electorado y mejorar al país.
Pero… a grandes objetivos, grandes desalientos; a largas miradas, cortas urgencias; a flexibles caminos, múltiples sendas abiertas a machetazos.
Los gobiernos deben ejecutar mucho más de lo que pueden ejecutar bien. El presupuesto del año es la urgencia permanente en medio de las emergencias. Los muchos que llegan a dirigir un barco desconocido deben aprender primero y ya quedan solo tres años y a veces menos para ejecutar.
Y más encima, se debe atender a grupos de asociaciones con gran poder teórico que con sus quejas y peticiones usualmente microscópicas, restan horas y horas del precioso tiempo requerido para gobernar, que a la hora de hacerlo no puede ser mucho más que gastar y figurar. Para un ejecutivo político, que enfrenta un nuevo período presidencial, es la hora de hacer y no escuchar tanto, si esto último se puede evitar.
Y se puede evitar. De hecho, se evita. Y se soslaya, se dilata, se olvida. Por y con motivos que en el clóset de la Autoridad se sostienen con complicidad plena de quienes allí razonan y enfrentan la realidad de la semana, del mes que viene.
¿Cuentas públicas participativas? Horas, muchas horas de asesores y funcionarios haciendo de agencia de publicidad, cuando bastaría pedir el listado de proyectos en curso a quien lo tiene que mandar a La Moneda, ver lo ejecutado, justificar los atrasos, explicar los planes para corregir y avanzar, formatear y por supuesto aplaudir los logros. Y mostrar eso a la comunidad, con los maquillajes del caso[1].
¿Que se han instalado más de 600 puntos BIP? ¿Eso es un dato para una cuenta? ¡Bravo por esos 600! pero ¿cuántos íbamos a poner? ¿Cuándo vamos a poner los que faltan? Este tipo de dato no referenciado, sin estándares, sin indicadores, es la norma en la Cuenta Pública Participativa del MTT, y se podría apostar que ocurre lo mismo en la de la enorme mayoría de las secretarías y los servicios de gobierno. Esperemos que las próximas cuentas públicas recojan esta crítica, tan básica como las cuentas mismas, que por lo demás son las primeras de su tipo, lo cual explica en parte su falta de seriedad.
¿Y la participación? ¿De quién? ¿De consejeros que representan a cuatro entre los cientos de organizaciones que idealmente deberían estar en los COSOC y cuyos miembros y consejeros se demoran casi tanto como las autoridades en concluir algo? ¿Audiencias Públicas? ¿Cabildos Ciudadanos? ¿Encuentros de Diálogos Participativos? ¿Plataformas Digitales Participativas?
¡Por favor! … pero si apenas hay tiempo para gobernar hoy.
Esta explicación, sólo permitida, como dije, en el clóset de las intimidades políticas, puede ser comprendida con algo de benevolencia, pero nunca conquistarnos. A regañadientes aceptamos que si no se está dedicando suficientes empeños a lo que viene cerca ¿cómo se podría atender propósitos con alto coeficiente de fricción? … Si además ya se cumplió con una buena cuota de lo debido, se podría agregar.
En realidad, los ejecutivos ministeriales nunca van a dedicar muchos recursos para avanzar hacia los ideales que la Ley 20.500 promulga, del mismo modo que los ministerios ejecutores nunca van a contribuir eficazmente a la creación de un gobierno metropolitano. Y los COSOC mismos, reuniéndose poco y raleado, poco -más bien nada- podrán hacer para ordenarse, crecer y consolidarse.
Balance final:
Para que la participación ciudadana se vaya haciendo realidad en los términos legales vigentes, en plazos decenales, se requiere un equipo inteligente, convencido y esforzado, cercano a la Presidencia; estable y duradero, que gestione el proceso de definir, aplicar y mejorar los procedimientos conducentes al objetivo. En la aplicación, ese equipo debe trabajar con los COSOC más que con las secretarías o los municipios. Apoyar las tareas de comunicación y monitoreo que estos Consejos podrían realizar, y favorecerse, en este sentido y en otros, con lo poco o mucho que de esas tareas resulte. O sea, asunto de largo plazo.
¿Largo plazo? ¡Ah, esa mortaja de los proyectos importantes!
[1] Ver “2015-06 Cuenta Pública Participativa – Opinión del CSC de la SUBTRANS.pdf”