Hace pocos días se aprobó en la Comisión de Transporte del Senado un largamente esperado proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito para incluir materias básicas de convivencia vial. Este proyecto nace del trabajo iniciado el 2013 para generar un diagnóstico común entre la academia, el gobierno y la ciudadanía sobre los temas críticos para mejorar la seguridad de nuestras calles y facilitar el uso de los modos de transporte más eficientes y menos contaminantes. Para eso el proyecto apunta a establecer un marco regulatorio claro para los vehículos no motorizados y asistidos, modifica la normativa, recogiendo buenas prácticas internacionales y facilita la interacción entre los distintos tipos de vía en la ciudad al entregar estándares de operación y seguridad.
Nuevas necesidades de movilidad
En primer lugar, permite actualizar la legislación vigente a las nuevas necesidades de movilidad. Por un lado, distingue a la bicicleta como un modo de transporte distinto, y establece una regulación propia. Pero además, corrige otra debilidad de la normativa actual, reconociendo que no todo vehículo con motor debe tener las mismas exigencias. Porque no es comparable un automóvil con una bicicleta con motor eléctrico; una silla de ruedas no puede ser considerada un vehículo; una realidad donde patines y patinetas han irrumpido en nuestra vida cotidiana y corresponde que sean reconocidos como modos de transporte por nuestra legislación.
Seguridad Vial
En segundo lugar, este proyecto viene a solucionar grandes desafíos de seguridad vial. Por un lado, aporta a la seguridad de los distintos modos con diversas iniciativas: la línea de detención adelantada para bicicletas y motocicletas que facilita su visibilidad para el resto de los conductores; la obligación de mantener una distancia mínima de 1,5 metros al adelantar un vehículo no motorizado; y también establece exigencias para el adelantamiento por parte de motocicletas a vehículos usando la misma pista de circulación, restringiendo esta posibilidad sólo cuando desean posicionarse en las líneas de detención adelantada y con los vehículos motorizados detenidos.
Un punto importante para mejorar la seguridad es regular la convivencia entre los distintos modos de transporte. Así, una de las propuestas es la disminución de velocidad máxima urbana para vehículos motorizados de 60 a 50 km/h, con el fin de propender a un desplazamiento más seguro y reducir accidentes. En esta misma línea, reconoce la existencia de zonas calmas, para lugares donde se desea privilegiar la seguridad por sobre la velocidad. Y para regular la interacción de ciclistas con los peatones, restringe la circulación de bicicletas por las veredas y los cruces peatonales (a excepción de algunos casos particulares).
Definición de Estándares
Finalmente, se regula el diseño, estándares de seguridad, características técnicas y de operación que deben tener las ciclovías, lo que adquiere aún más relevancia si se vincula a las facultades delegadas a los Gobiernos Regionales en el marco del Proyecto de Ley de Descentralización. Con esto, se contará con una certificación orientada a prevenir ciclovías inseguras y/o mal diseñadas.
Me gustaría insistir en el rol que como SOCHITRAN nos compete en estos temas, llevando estas discusiones a nuestros grupos profesionales y destacando la importancia de avanzar en normativas que promuevan de manera efectiva la convivencia de distintos modos, que se preocupen en otorgar mayor seguridad vial y en la definición de estándares de operación y seguridad que apunten al buen uso compartido de las vías.